Posadas, Misiones | NEA RURAL | La reglamentación del Monotributo social para productores agrarios de Tabaco, Caña de Azúcar, Yerba Mate y Té fue publicada en el Boletín Oficial hoy.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) instrumentó hoy la Ley N° 27.470 que establece el Régimen Simplificado Especial para Pequeños Productores Agrarios de Tabaco, Caña de Azúcar, Yerba Mate y Té.
La medida fue impulsada por los diputados nacionales misioneros Jorge Franco y Ricardo Wellbach y consiguió ser aprobada durante la misma sesión que el Presupuesto Nacional 2019 el año pasado. Según la ley el nuevo régimen debería estar vigente a partir de enero de 2019, sin embargo recién ahora se instrumento.
Cabe recordar que el beneficio del monotributo social implicará un descuento del 50% de los aportes jubilatorios y de obra social para aquellos productores cuyos ingresos brutos no superen los $322.500 anuales.
La norma consta de 55 artículos y uno de forma. En los Considerandos expresa que mediante la ley del Visto se estableció un Régimen Simplificado Especial para Pequeños Productores Agrarios de Tabaco, Caña de Azúcar, Yerba Mate y Té que desarrollen exclusivamente actividades primarias, siendo la principal –en tanto represente como mínimo el 80% de sus ingresos brutos totales- alguna de dichas actividades.
Monotributo Social: Diputados extendieron los beneficios para los productores
Que asimismo fijó, en su Artículo 2°, que los sujetos que optaren por el régimen se encontrarán exentos de ingresar el impuesto integrado establecido en el Artículo 11 del Anexo de la Ley N° 24.977, sus modificaciones y complementarias, debiendo abonar, exclusivamente, las cotizaciones previsionales previstas en los incisos a), b) y c) del Artículo 39 del referido anexo, reducidas en un 50%).
Ver reglamentación en el siguiente link. SEGURIDAD SOCIAL. Ley N° 27.470.
Régimen Simplificado Especial para Pequeños Productores Agrarios de Tabaco, Caña de Azúcar, Yerba Mate y Té. Su implementación.
Se trata del nuevo régimen de monotributo que rige por Ley 27.470 para tabacaleros, yerbateros, tealeros y cañeros, norma que fue promulgada el 4 de diciembre de 2018.
El nuevo esquema entró en vigencia el 1º de enero de 2019, contemplando varios beneficios para los pequeños productores, con un límite de 322 mil pesos en su facturación anual, la bonificación del 100% del componente impositivo del monotributo y el pago del 50% del componente de obra social y jubilación. Además, establece una retención anual al momento de la entrega del producto y es compatible con las asignaciones familiares y pensiones que perciban.
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